Utilidad de los títulos académicos.

Un directivo (empresa pública, empresa privada, administración del Estado) solo debe contratar a una persona si está moralmente seguro de que su trabajo generará un valor superior a su coste. Es su obligación.

Para ello, una condición indispensable es que la persona contratada sea un profesional competente. Se requieren conocimiento (formación y experiencia) talento y motivación para el logro.

Las categorías que definen la competencia profesional son:

1.   Formación. Todo lo que se aprende con un cierto nivel de estudios académicos. También lo que podemos encontrar en Internet, libros, revistas, seminarios, cursos, etc, cuando queremos saber algo o la razón de algo. Corresponde a las preguntas del qué y del por qué.

2.   Experiencia: Preguntas que tratan del cómo y el quién. Es el proceso de acumular habilidad resolviendo problemas o viendo cómo se resuelven.

3.  Conocimiento: Suma de información y experiencia. Si diseño y fabrico una pieza con una impresora 3D, adquiriré conocimiento, tanto si tengo éxito como si no lo tengo.

4.  Talento es la capacidad innata para conseguir resultados excelentes en algún tipo de tareas. El conocimiento se puede adquirir pero el talento se tiene o no se tiene. Solo se puede ser un profesional excelente si se tiene talento. El talento no implica la competencia si no va acompañado del conocimiento y la motivación.

5.  La motivación intrínseca se refiere al impulso interno que lleva a una persona a realizar una actividad por el simple placer o satisfacción que le produce, sin necesidad de recompensas externas. 

Ninguna de las cinco categorías, por si sola, hace a una persona competente (tampoco el talento). Afirmarlo es absurdo. 

Los estudios académicos

Garantizan un nivel de formación en una esfera determinada. Son una prueba de que la persona a contratar es capaz de esforzarse con perseverancia durante un tiempo que se mide en años. Un Título Académico lo expende y garantiza el Estado. Puede ser un mínimo de partida para la contratación, aunque la titulación no guarde una relación estrecha con el puesto ofrecido. Garantiza los valores mencionados.

Si una persona consigue un puesto afirmando haber conseguido un título académico y falta a la verdad, es un mentiroso y un ladrón, aunque el empleador considere el título “un complemento” y no lo exija.

Si los conocimientos que se adquieren al conseguir el título son necesarios para el trabajo que se le encomendará y no lo presenta, no sabemos si tiene los conocimientos o es un estafador irresponsable (piénsese, como ejemplo, en un cardiocirujano). En este caso, el empleador que no se lo exige, es responsable de posibles futuras malas praxis.

En el supuesto de la falsificación de un título se comete un delito. Legalmente, falsificar un documento oficial –por ejemplo, presentar un diploma universitario falso– está penado con hasta 6 años de prisión e inhabilitación.

Medias verdades

“Tener un título no garantiza un mejor desempeño”. Cierto, son necesarias las cinco categorías. No tenerlo, aun lo garantiza menos.

“El título es clasista; divide a la gente entre quienes lo tienen y los que no”. Cierto. Para evitarlo, ni el Estado ni ninguna institución debería expedirlos.

“Lo que importa es la actitud; la aptitud menos”. Vuelvo al tema de las cinco categorías.


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